Quito Ciudad- Región, Distrito Metropolitano Autonómico:
La Constitución de la República del Ecuador consagra en el Título V la organización territorial del Estado; define los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) y la posibilidad de constituir regímenes especiales según características poblacionales, ambientales o étnico-culturales; auspicia la descentralización y la autonomía político-administrativa en un marco democrático de solidaridad, equidad y unidad territorial; establece el régimen de competencias exclusivas y concurrentes, y un esquema de transferencias para su cumplimiento.
Todas las ciudades del país enfrentan el reto de consagrar en la práctica estos principios rectores. El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, por mandato constitucional se acoge al régimen especial autónomo, por considerarlo el medio más apropiado para promover el buen vivir dentro de su circunscripción territorial.
La incorporación de nuevas competencias, propias de un régimen autónomo, implica contar con las capacidades y fortalezas suficientes para ejercer dicha autonomía en forma solidaria y participativa. También supone contar con un gobierno metropolitano competente y eficiente, con sólidos sistemas de planificación, gestión, regulación y control. Y, sobre todo, capacidad para articular el desarrollo de una sociedad multicultural, pluralista y diversa.
La institucionalidad -incluida la forma de gobierno y su gobernanza, tanto como el régimen de desarrollo- constituye para el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito un desafío histórico. El Estatuto Autonómico de Quito permitirá, luego de aprobado mediante consulta popular construir nuevas vinculaciones locales, regionales, nacionales y globales, en concordancia con el ordenamiento territorial.









